jueves, 11 de noviembre de 2010

TIPOS DE COMPROBANTES DE PAGO

COMPROBANTES DE PAGO

Comprobante de pago es todo documento que acredite la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios.

La emisión y entrega de comprobantes de pago es una obligación formal del contribuyente y un derecho del usuario o adquiriente.

Son comprobantes de pago los siguientes documentos:

COMPROBANTES DE PAGO MODELO MAS
INFORMACIÓN
1. Boletas de Venta
2. Factura
3. Recibo por Honorarios
4. Tickets
5. Liquidación de Compra
Otros documentos que se utilicen habitualmente y permitan un adecuado control tributario y cuyo uso y sistema esté previamente autorizado por la SUNAT. Por ejemplo: los boletos aéreos o de transporte público.
Y para el traslado de bienes se requiere:
GUÍA DE REMISIÓN MODELO MAS
INFORMACIÓN
Guía de Remisión del Transportista
Guía de Remisión del Remitente

Importancia de la exigencia y emisión de comprobantes de pago

1. Evitar una acción ilegal que nos afecta a todos.
a) Cuando una persona vende un bien o presta un servicio y no da comprobante de pago se queda con el impuesto (IGV) que está incluido en el precio de dicho bien o servicio.
Por ejemplo:
Si nos venden una radio a S/.100.00.
La radio en realidad nos cuesta S/. 84.04 y pagamos adicionalmente S/.15.96 por concepto de IGV que debe ser entregado al Estado.
Si el vendedor no nos entrega comprobante, se estaría quedando con nuestros S/.15.96, en vez de entregarlos al Estado.
b) Cuando una persona vende un bien o presta un servicio y no da Comprobante de Pago oculta sus operaciones, no anotándolas en sus libros contables y no pagando el impuesto que le corresponde.
Continuamos con el primer ejemplo:
Si la radio le costó al vendedor S/. 50.00 y nos la vende a S/. 100.00 (impuesto incluido) obtiene una ganancia de S/. 34.04. Si no entrega comprobante de pago, esta ganancia no es anotada en sus libros contables, no es declarada y, por lo tanto, no paga el impuesto a la renta que le corresponde.
Así, todos resultamos perjudicados porque el Estado no cuenta con los recursos que necesita para atender los servicios públicos.
2. El comprobante de pago prueba la posesión de un bien y puede servir de constancia frente a terceros.
Por ejemplo, si el bien es robado , al hacer la denuncia o reclamarlo se presentará el comprobante de pago.
3. En caso de que la mercadería tenga defectos o este malograda, con el comprobante de pago se puede pedir el cambio o devolución.
Clases de comprobantes

1. Boleta de Venta


Se otorga a consumidores o usuarios finales (como nosotros) por la venta de bienes o la prestación de servicios. Puede tratarse de ventas de poco valor (en bodegas, farmacias y similares), o de gran valor (por ejemplo, venta de automóviles).

La boleta de venta consta de un original que se queda con el vendedor y una copia que se entrega al comprador.

Deben entregar boleta de venta todos aquellos que vendan o presten servicios a consumidores finales, por ejemplo: en bodegas, zapaterías, farmacias, ferreterías, etc.

Si el monto de la venta no excede los S/. 5.00, no hay obligación de entregar boleta de venta (salvo que el comprador lo solicite). En este caso el vendedor deberá llevar diariamente un control del importe total de las operaciones que no hubieran excedido dicho monto, para lo cual debe emitir una boleta de venta.
Pero si el comprador quiere su boleta de venta, entonces la puede pedir al vendedor y éste debe emitirla y entregarla.

2. Ticket o cinta de máquina registradora

Es un comprobante de pago emitido por medio de una máquina registradora declarada ante SUNAT, utilizado en operaciones con consumidores finales por ejemplo: panaderías, supermercados y similares. Si reúne los requisitos exigidos por el Reglamento de Comprobantes de Pago, puede tener el mismo uso que una factura.

Las máquinas registradoras que emiten tícket, hacen automáticamente una copia que es para el vndedor.

3. Recibo por Honorarios



Son comprobantes de pago que deben entregar las personas que ejercen una profesión, oficio, ciencia, o arte en forma independiente al momento de cobrar sus honorarios por los servicios prestados. Las personas que ejerzan un oficio y estén inscritas en el RUS, no entregarán este comprobante; les corresponderá emitir y entregar boleta de venta.

Los recibos por honorarios constan de un original que se entrega al que contrató el servicio y dos copias, una de ellas es para la SUNAT y la otra la debe archivar la persona que ha emitido el recibo por honorarios.

Los recibos por honorarios tienen una vigencia de 24 meses contados a partir de la fecha en que fueron autorizados por la SUNAT.

4. Recibo por Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles

Son comprobantes de pago que deben entregar las personas que alquilan bienes inmuebles (casa, departamentos, tiendas, depósitos, etc.) o bienes muebles (autos, camiones, grúas, etc.) a sus arrendatarios.

El recibo por arrendamiento es el voucher que recibe el arrendatario cuando efectúa el pago del impuesto en la Agencia Bancaria.

Para ello, el obligado debe indicar en la ventanilla de la agencia bancaria, su número de RUC y el del inquilino, en caso que tuviera RUC, el monto del alquiler del inmueble y el periodo tributario.

5. Factura


La factura es el comprobante de pago que, por lo general es utilizado en transacciones entre empresas o personas que tienen RUC y necesitan sustentar el pago del IGV en sus adquisiciones a fin de utilizar el denominado “crédito fiscal”, así como gasto o costo para efecto tributario.

En el caso que no requieran sustentar gastos o que tengan que entregar comprobante de pago a un consumidor final o persona que no tiene RUC (consumidor final), le deberán emitir una boleta de venta o un ticket.

Las facturas tienen una vigencia de doce meses contados a partir de la fecha en que fueron autorizados por la SUNAT.

6. Liquidación de Compra

Son los comprobantes que pueden ser otorgados por los compradores cuando su vendedor no tiene RUC, es persona natural productora y/o acopiadora de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal, productos silvestres y artesanías.

Las liquidaciones de compra tienen una vigencia de doce meses contados a partir de la fecha en que fueron autorizadas por la SUNAT.

7. Guía de remisión del transportista

Es el documento que emite el transportista para sustentar el traslado de bienes a solicitud de otra persona, es decir, cuando realiza el servicio bajo la modalidad de transporte público.
Una guía de remisión del transportista consta de un original y tres copias: para el transportista, para el destinatario y para la SUNAT.

Por ejemplo:
• Cuando un comerciante mayorista o el fabricante de un producto envía mercadería a un cliente, para tal efecto, contratará un camión o llevará la mercadería a una empresa que traslada carga.
• Cuando una persona que no tiene RUC compra un bien y necesita trasladarlo a su domicilio.
• Cuando una persona se muda de casa y contrata un camión para que lleve sus enseres a su nuevo domicilio.
El dueño del camión o la empresa de traslado de carga deberán emitir la respectiva guía de remisión del transportista.

Antes de iniciar el traslado de los bienes, el transportista emitirá la guía de remisión y entregará el original al remitente, es decir, el que está enviando la mercadería.
Durante el traslado de los bienes, el transportista debe llevar consigo la copia que entregará al destinatario y la copia que entregará a SUNAT, de la guía de remisión de transportista que ha emitido. Cada vez que las unidades móviles de SUNAT se lo requieran deberá mostrar la documentación y entregárselas si así se lo indican.
Cuando llega a su destino entregará la copia que le corresponde al destinatario y la respectiva mercadería.
En el caso que no cumpla con emitir y llevar consigo la guía de remisión, será multado por la SUNAT o le comisarán la mercadería.

8. Guía de remisión del remitente

Es el documento que emite la persona o empresa que envía un bien con motivo de haberlo vendido o comprado y cuando va a prestar un servicio.
Cada guía de remisión de remitente consta de un original y dos copias: para el remitente y otra copia para la SUNAT.
Por ejemplo:
Una fábrica de muebles ha efectuado una venta de mesas y sillas a un restaurante y debe enviar dichos bienes en su propio camión o contratando a un camionero, entonces debe emitir una guía de remisión de remitente antes de iniciar el traslado. Entregará al transportista el original (en este caso el restaurante) y la copia para SUNAT y se quedará con la copia que le corresponde como remitente.
Durante el traslado de los bienes, el transportista debe llevar consigo el original y la copia para SUNAT, de la guía de remisión que el remitente ha emitido (en este caso la fábrica de muebles). Cada vez que las unidades móviles de SUNAT se lo requieran, deberá mostrar la documentación y entregar la copia para SUNAT si así se lo indican.
Cuando llega a su destino entregara el original y la copia para SUNAT al destinatario, es decir, al encargado del restaurante que recibirá las mesas y sillas.

En el caso que no cumpla con emitir o llevar la guía de remisión será multado por la SUNAT o se le podrá comisar la mercadería.

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